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El proceso de formalizar un negocio puede parecer complejo, pero la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros ha implementado sistemas web que facilitan en gran medida la constitución de empresas en Ecuador. Actualmente, los ciudadanos pueden optar por crear compañías tradicionales, como las anónimas o de responsabilidad limitada, o elegir el modelo de las Sociedades por Acciones Simplificadas, dependiendo siempre de sus necesidades comerciales. Es fundamental conocer las normativas vigentes antes de iniciar el trámite para poder evitar cualquier tipo de contratiempos.
Para las compañías tradicionales, el sistema web permite la constitución electrónica si el capital social se integra totalmente en numerario o en especies, excluyendo siempre los vehículos y bienes inmuebles. Los usuarios pueden elegir entre usar una minuta estándar proporcionada por la plataforma o una minuta propia. Esta última modalidad exige de forma obligatoria que el documento sea elaborado por un abogado patrocinador en formato de procesador de textos. Todo esto aplica exclusivamente para empresas que no sean parte del mercado de valores en Ecuador.
Requisitos técnicos y reserva de nombre
Antes de acceder al sistema informático en Ecuador, se deben cumplir estrictamente ciertos requisitos técnicos esenciales. Se requiere tener un computador con sistemas operativos actualizados, navegadores recomendados sin la vista de compatibilidad activada y una conexión a internet estable. Además, el solicitante debe registrarse de manera previa en el portal web institucional y contar de antemano con una reserva de denominación que haya sido debidamente aprobada, la cual tiene una vigencia legal de treinta días para guardar la información digitada.
El trámite requiere cargar los diferentes documentos habilitantes que justifiquen las calidades de los participantes, digitalizados a color y con un peso máximo de veinte megabytes. Una vez iniciada la solicitud, el usuario obligatoriamente debe cancelar los valores por servicios notariales y registrales en la entidad bancaria autorizada en Ecuador. Si el pago no se realiza dentro de los treinta días posteriores a la fecha de inicio, el sistema anulará el proceso automáticamente, perdiendo el progreso y debiendo iniciar desde cero.
El rol de las notarías y casos especiales
Cuando se confirma el depósito bancario, el trámite se asigna automáticamente al notario que fue seleccionado por el usuario en su solicitud inicial. Este funcionario revisará exhaustivamente la documentación y, si no existen observaciones legales, agendará una cita presencial para que los representantes y accionistas acudan a firmar la escritura pública y los nombramientos respectivos. El sistema en Ecuador permite reprogramar esta cita de materialización hasta por tres ocasiones distintas, pero si los comparecientes no asisten, el proceso será anulado, debiendo proporcionar la minuta original si fue propia.
Existen regulaciones específicas y diferentes requisitos según la actividad económica a la que se dedicará la organización en Ecuador. Por ejemplo, las compañías de seguridad y vigilancia privada deben constituirse como compañías de responsabilidad limitada con un capital mínimo pagado en efectivo de diez mil dólares. Las empresas de transporte terrestre requieren un informe de factibilidad previo, mientras que aquellas domiciliadas en la provincia de Galápagos exigen un porcentaje mayoritario de inversión por parte de un residente permanente, todo para cumplir con el marco legal.
La revolución de las SAS
Una alternativa moderna, ágil y de enorme crecimiento en Ecuador es la figura de la Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS). Este modelo societario fue creado estratégicamente para impulsar la economía del país y facilitar la formalización acelerada de emprendimientos, permitiendo que se constituyan con una sola persona o varias, sin ningún costo por el trámite electrónico. Esto ayuda significativamente a que los pequeños y medianos negocios se conviertan rápidamente en sujetos de crédito, ampliando sus capacidades productivas y comerciales dentro del mercado nacional.
A diferencia de las formas tradicionales, una SAS en Ecuador no exige en absoluto un requerimiento de capital social mínimo para poder concretar su formación. Las acciones que se emiten tienen un valor nominal de un dólar o sus múltiplos, y el aporte debe realizarse exclusivamente en dinero. No obstante, estas novedosas sociedades tienen restricciones; por mandato normativo, no pueden realizar operaciones financieras, de seguros, de medicina prepagada o aquellas relacionadas con el sector bursátil, ya que dichas áreas de la economía requieren un tratamiento gubernamental especial.
Firmas electrónicas y proceso digital
Para constituir una SAS de forma cien por ciento virtual en Ecuador, es totalmente imprescindible que todos los intervinientes en el proceso posean un certificado de firma electrónica válido. Este certificado personal debe ser emitido por una entidad de certificación debidamente acreditada, como el Banco Central o ciertas empresas privadas. Además, la firma debe entregarse en un archivo digital, ya que la plataforma de la institución no admite dispositivos físicos como los tokens. Es muy importante destacar que el sistema no almacenará nunca las contraseñas por temas de seguridad y protección de datos.
El sistema genera automáticamente los documentos como el acto constitutivo y los nombramientos basándose en textos preestablecidos. Al aceptar, el usuario declara bajo su responsabilidad que la información es veraz, asumiendo las responsabilidades legales en cumplimiento con los artículos 96 y 99 del Código Tributario y el artículo 298 del Código Integral Penal. Una vez concluido el registro de la SAS, la plataforma se enlaza con el Servicio de Rentas Internas de Ecuador, el cual genera el RUC en veinticuatro horas. Tras esto, el usuario cuenta con un límite legal de treinta días para actualizar su información en la plataforma y presentar el balance de situación inicial.