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La Fiscalía obtuvo una sentencia condenatoria de siete años de prisión contra Antonio Pedro A., declarado culpable del delito de abuso sexual contra una menor de 10 años, ocurrido el 18 de febrero de 2024, en Gonzalo Pizarro (Sucumbíos), tras la valoración de pruebas testimoniales, periciales y documentales.
Cómo se dieron los hechos
Según la Fiscalía, los hechos se registraron cuando la menor acudió a un terreno de sus abuelos. En ese lugar, el procesado habría aprovechado la ausencia de otras personas para realizar tocamientos sin consentimiento.
El caso contó con un testigo presencial: el hermano mayor de la víctima, quien presenció lo ocurrido y posteriormente informó a su abuela sobre el hecho.
Tras conocer la situación, la abuela llevó a la menor a una casa de salud para su valoración médica, lo que permitió activar los protocolos correspondientes y dar inicio al proceso judicial.
Pruebas presentadas en juicio
Durante el juicio, la Fiscalía sustentó la acusación con múltiples elementos probatorios. Entre ellos, el testimonio anticipado de la víctima, que fue reproducido ante el Tribunal y en el que la menor relató lo sucedido.
También se presentó el informe de una perita en psicología, quien determinó que la niña presenta episodios de ansiedad como consecuencia de la agresión, lo que fue considerado como parte del daño ocasionado.
Adicionalmente, la pericia de entorno social evidenció que la menor se encontraba en una situación de vulnerabilidad, debido a la ausencia de sus padres, y estableció la existencia de condiciones de maltrato infantil.
Argumentos de la defensa y resolución
La defensa del procesado solicitó la nulidad del proceso, argumentando que su cliente, de origen shuar, requería un traductor durante las etapas iniciales del procedimiento.
Sin embargo, esta alegación fue desestimada. Un agente de Policía declaró que consultó al procesado si comprendía el idioma español antes de leerle sus derechos, a lo que este respondió afirmativamente.
Con base en el conjunto de pruebas presentadas, el Tribunal concluyó la responsabilidad penal del acusado en el delito de abuso sexual.
Sentencia y base legal
El fallo determinó una pena privativa de libertad de siete años, además del pago de una multa equivalente a veinte salarios básicos unificados y una reparación integral de 2.000 dólares a favor de la víctima.
La sentencia se fundamentó en el artículo 170, inciso segundo, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de abuso sexual cuando la víctima es menor de 14 años.