CNE Mantiene Cancelación de Unidad Popular – La Voz del Altiplano
30 de marzo de 2026 • 17:20

3 minutos de lectura

Ma. Fernanda Avilés Loor

Ma. Fernanda Avilés Loor

Redacción ED.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) negó este lunes 30 de marzo de 2026 el recurso de corrección presentado por Unidad Popular, en Quito, y ratificó el proceso de cancelación por incumplir requisitos legales.

El Pleno del Consejo Nacional Electoral resolvió, con tres votos a favor, negar el pedido interpuesto por Geovanni Atarihuana, director nacional del movimiento. La decisión mantiene vigente la resolución emitida el 26 de marzo de 2026. La votación contó con el respaldo de la presidenta Diana Atamaint y los consejeros María Cristina Kronfle y José Merino. El organismo se basó en un informe jurídico que validó la legalidad del acto administrativo.

El informe determinó que la resolución cumple con criterios de claridad, coherencia y legalidad, por lo que no procede corrección alguna dentro del marco normativo vigente.

Fundamentos del rechazo

Durante la sesión, la presidenta del CNE defendió la decisión institucional y explicó los criterios legales aplicados en el análisis del recurso presentado por el movimiento político. Atamaint afirmó: «Se ha determinado que la resolución es clara, completa, legítima y congruente; no es oscura y ha resuelto todos los puntos sometidos a su consideración».

Además, agregó: «Por tal razón, no incurre en lo establecido en el artículo 241 del Código de la Democracia». Con esta base, el Pleno concluyó que no existen omisiones ni errores. El informe técnico-jurídico señaló que el movimiento contó con todas las garantías para ejercer su defensa dentro del proceso administrativo.

Déficit de afiliados

El proceso de cancelación se originó tras una auditoría interna del CNE que revisó el cumplimiento de requisitos para la permanencia de organizaciones políticas en el registro oficial. Según el Código de la Democracia, los movimientos nacionales deben mantener al menos el 1.5% del Registro Electoral Nacional en afiliados o adherentes.

En el caso de Unidad Popular, el informe establece que cuenta con poco más de 31 000 afiliados, cifra inferior al mínimo exigido por la normativa electoral vigente. Este déficit constituye el argumento central que sustenta el inicio del proceso de cancelación de la personería jurídica de la organización política.

Escenarios legales en curso

Tras la negativa del recurso de corrección, Unidad Popular aún puede acudir al Tribunal Contencioso Electoral como última instancia en materia electoral. El TCE deberá analizar el caso y decidir si ratifica o revoca lo actuado por el CNE dentro del proceso administrativo.

Si el tribunal confirma la decisión, el movimiento perdería su registro oficial y no podría presentar candidatos propios en las elecciones seccionales de noviembre de 2026. Por ahora, la dirigencia de la organización se mantiene en sesión permanente para definir acciones legales y políticas frente al proceso en curso.

El control de afiliación forma parte de los mecanismos establecidos por el sistema electoral ecuatoriano para garantizar la representatividad de las organizaciones políticas. El CNE ejecuta auditorías periódicas para verificar el cumplimiento de estos requisitos, en cumplimiento del marco legal vigente. El caso de Unidad Popular se suma a otros procesos similares derivados de revisiones técnicas sobre permanencia en el registro electoral.

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