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El Tribunal de Garantías Penales de Bolívar sentenció a seis años y ocho meses de prisión a Santos Fermín Q. B., tras acoger las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado, que lo declaró culpable como autor directo del delito de abuso sexual cometido en el cantón San Miguel.
Hechos investigados
De acuerdo con la acusación fiscal, el hecho ocurrió el 21 de noviembre de 2023 en el barrio Paraíso de los Andes, dentro del domicilio del ahora sentenciado, quien se presentaba como shamán o curandero.
Según la investigación, la madre de la víctima acudió al lugar junto a sus dos hijas con el objetivo de realizar una supuesta «limpia» espiritual a una menor de un año y medio.
Durante ese momento, la madre salió brevemente de la habitación, dejando a su hija de 16 años junto con el procesado.
Relato de la víctima de abuso sexual
Al regresar, la madre encontró a la adolescente llorando. De acuerdo con su testimonio, la joven relató que el hombre la había llevado al baño del inmueble, donde ocurrió el abuso sexual.
Durante la audiencia de juicio, Fiscalía presentó el testimonio anticipado de la víctima, quien ratificó su versión de los hechos.
Además, se incorporaron informes periciales, entre ellos la valoración psicológica, que evidenció un relato coherente y consistente, y el informe de trabajo social, que confirmó la afectación emocional de la adolescente.
Sustento de la sentencia
Entre las pruebas también constó el reconocimiento del lugar de los hechos, que determinó que se trataba de un espacio cerrado, así como un análisis de credibilidad que concluyó que el testimonio de la víctima es probablemente creíble y basado en hechos vividos.
La madre de la víctima también rindió declaración ante el tribunal, confirmando las circunstancias en las que encontró a su hija tras el hecho.
Con estos elementos, Fiscalía demostró la materialidad de la infracción y la responsabilidad penal del procesado, lo que derivó en la sentencia condenatoria.
Aspectos legales del caso
El delito de abuso sexual está tipificado en el artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). En este caso, se aplicaron agravantes contempladas en los artículos 47 y 48 del mismo cuerpo legal.
Además de la pena privativa de libertad, el tribunal dispuso la reparación integral a favor de la víctima y el pago de una multa, cuyos detalles se establecerán en la sentencia escrita.