Compensaciones a transportistas: Daniel Noboa amplía plazos – La Voz del Altiplano
01 de abril de 2026 • 07:00

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Elías Sánchez

Elías Sánchez

Redacción ED.

El presidente Daniel Noboa amplía el plazo de las compensaciones a transportistas intra e interprovinciales, mediante el Decreto Ejecutivo 352, firmado este martes 31 de marzo de 2026 en Cuenca. La reforma modifica los mecanismos de compensación económica vigentes desde septiembre de 2025 para el sector del transporte público nacional.

La medida protege al usuario final y evita un incremento en las tarifas del transporte público, según indica el documento oficial. El decreto se fundamenta en los deberes del Estado relacionados con el desarrollo sustentable, la redistribución de recursos y la soberanía energética.

Fundamentos técnicos y financieros del decreto

La modificación se sustenta en recomendaciones del Comité de Optimización Energética (Coener), basadas en informes técnicos y jurídicos del Ministerio de Infraestructura y Transporte. El Ministerio de Economía y Finanzas emitió un dictamen financiero favorable, que permitió avanzar con la reforma y garantizar los recursos para la entrega de las compensaciones a transportistas.

El decreto modifica la duración de los beneficios económicos establecidos en el decreto 125, de septiembre de 2025. Con la nueva norma, los plazos de aplicación cambian para cada modalidad de transporte público del país.

Nuevos plazos de compensaciones a transportistas por modalidad

Para el transporte intracantonal -urbano, combinado o rural- se mantiene el plazo de ocho meses, con la posibilidad de que el Coener prorrogue el beneficio por hasta cuatro meses adicionales. En el caso del transporte intraprovincial e interprovincial, el plazo de aplicación de la compensación se extiende a siete meses, cuando anteriormente era de seis meses.

«El mecanismo de compensación para los propietarios de vehículos cuya modalidad de transporte público sea intracantonal (urbano, combinado o rural) se aplicará por ocho meses; el Comité de Optimización Energética podrá evaluar la necesidad de prorrogar su aplicación por un tiempo máximo adicional de cuatro meses. Para los propietarios de vehículos cuya modalidad de transporte público sea intraprovincial e interprovincial se aplicará por siete meses», señala el decreto.

Transferencias tardías y disposición transitoria

El Ejecutivo sustituye la disposición transitoria segunda del decreto original. La nueva disposición garantiza que los beneficiarios que no recibieron el pago en el plazo previsto, por razones ajenas a su voluntad, puedan cobrar las compensaciones a transportistas hasta treinta días después de culminado el período de entrega.

«Una vez culminado el período para la entrega de la compensación contemplada en el artículo 1 de este Decreto Ejecutivo y hasta treinta días después, el Ministerio de Infraestructura y Transporte podrá realizar la transferencia monetaria a aquellos beneficiarios previamente identificados que no pudieron recibir el pago de forma oportuna por motivos ajenos a su voluntad, con cargo a los recursos disponibles. Solo se considerará a los propietarios de vehículos que consten previamente en el registro de beneficiarios correspondiente y que hayan cumplido con todos los requisitos.»

Con la modificación, el plazo para la entrega de las compensaciones a transportistas registrados como beneficiarios se extiende un mes respecto al decreto 125, que establecía un máximo de cuatro meses tras su entrada en vigencia el 12 de septiembre de 2025.

Montos de compensación por tipo de transporte

El Ministerio de Infraestructura y Transporte administra los montos de las compensaciones a transportistas. Las transferencias monetarias por unidad son las siguientes:

  • Transporte intracantonal (urbano, combinado o rural): entre $400 y $700 mensuales por unidad, durante ocho meses, con posibilidad de prórroga de cuatro meses.
  • Transporte interprovincial: $1.800 mensuales por unidad, por seis meses.
  • Transporte intraprovincial: $1.000 mensuales por unidad, por seis meses.

El objetivo de las compensaciones a transportistas es evitar el alza de pasajes y garantizar la estabilidad del servicio de transporte público en todo el territorio nacional, sin trasladar el costo de la eliminación del subsidio al diésel a los usuarios.

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