Exalcalde de Santiago y dos más condenados a 10 años por peculado – La Voz del Altiplano
25 de marzo de 2026 • 20:34

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La Fiscalía General del Estado obtuvo una sentencia de diez años de privación de libertad contra Alfonso A., exalcalde del cantón Santiago, Héctor K., exdirector municipal, y Miriam T., contratista, por el delito de peculado. El fallo fue emitido por la Sala Especializada Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, tras comprobar irregularidades en un contrato público suscrito en 2021.

Detalles del caso y el contrato investigado

De acuerdo con la investigación, los procesados participaron como coautores en el delito de peculado relacionado con el contrato denominado «Fortalecimiento, Promoción y Ejecución de la Cultura, el Arte, el Deporte y el Turismo en el cantón Santiago».

El contrato fue suscrito el 29 de diciembre de 2021 entre el entonces alcalde y la contratista, por un monto de 42.250 dólares y con un plazo de ejecución de 45 días.

Sin embargo, según los elementos probatorios presentados por la Fiscalía, un día después de la firma (30 de diciembre de 2021) ya se había suscrito el acta de entrega-recepción de la obra, junto con la factura por el valor total del contrato, lo que permitió iniciar el trámite de pago.

Elementos probatorios presentados en el juicio

La Sala Penal fundamentó su decisión en once testimonios de testigos y peritos, además de diecinueve pruebas documentales aportadas por la Fiscalía.

Entre las evidencias constan la pericia de contratación pública, documentos del proceso contractual, información tributaria y el acta de entrega-recepción. Estos elementos permitieron establecer inconsistencias en la ejecución del contrato.

La Fiscal de Fuero Provincial de Morona Santiago sostuvo que las actividades contempladas en el contrato no podían ser ejecutadas en el tiempo registrado, lo que evidenciaría irregularidades en el procedimiento.

Resolución judicial y sanciones impuestas

El tribunal determinó la responsabilidad de los tres procesados como coautores del delito de peculado, tipificado en el artículo 278, numeral 3, literal e, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

La sentencia establece una pena de diez años de prisión para los implicados, además de otras sanciones complementarias. Entre ellas, se dispone el pago de una multa equivalente al valor del contrato cuestionado.

Asimismo, los sentenciados fueron inhabilitados de por vida para ejercer cargos en entidades públicas y financieras, así como para contratar con el Estado.

Como parte de la reparación simbólica, los jueces ordenaron la colocación de una placa institucional en un espacio público del gobierno municipal, con un mensaje orientado a la prevención de irregularidades en la contratación pública.

El caso se enmarca dentro de los procesos judiciales por delitos contra la administración pública en Ecuador. El delito de peculado, según el COIP, sanciona el uso indebido de recursos públicos y contempla penas de diez a trece años de privación de libertad.

El fallo reafirma la aplicación de sanciones penales en casos de irregularidades en contratos públicos y el incumplimiento de los procedimientos legales establecidos.

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