• 3 minutos de lectura
La Corte Constitucional admitió a trámite la primera demanda de inconstitucionalidad presentada contra la Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad) para la Sostenibilidad y Eficacia del Gasto de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD).
La acción fue interpuesta por el concejal quiteño Andrés Campaña el 23 de febrero de 2026, tres días después de la aprobación de la norma en la Asamblea Nacional. Campaña impugnó por la forma y por el fondo los artículos 3, 4, 5, 6 y 7 de la ley, así como las disposiciones transitorias primera, segunda y tercera, y solicitó que se declare su inconstitucionalidad.
Ayer, la Corte Constitucional admitió a trámite nuestra acción de inconstitucionalidad contra la reforma del COOTAD.
También, concedió 15 días a la Asamblea Nacional, la Presidencia de la República, la Procuraduría General del Estado y el Ministerio de Economía y Finanzas… pic.twitter.com/yby7SeJIaE
— Andrés Campaña (@campanaUIO) April 8, 2026
De acuerdo con diario El Universo, la jueza constitucional Claudia Salgado Levy admitió el recurso, pero negó las medidas cautelares solicitadas por el concejal para suspender provisionalmente los efectos de la normativa mientras se resuelve el caso.
Jueza ordena intervención de instituciones estatales en plazo de quince días
Con la admisión, la magistrada dispuso que la Asamblea Nacional, la Presidencia de la República, el Ministerio de Economía y Finanzas y la Procuraduría General del Estado intervengan en el proceso en un plazo de quince días, ya sea defendiendo o impugnando la constitucionalidad de la ley demandada.
Hasta este miércoles 8 de abril de 2026, la Corte Constitucional ha recibido 24 demandas de inconstitucionalidad contra la misma norma. La denominada Ley GAD fue aprobada en segundo debate en el Parlamento el 20 de febrero con 77 votos a favor y publicada en el Registro Oficial el 23 de ese mes.
Objetivo de la Ley GAD: reorientar el gasto de los gobiernos locales
La norma tiene como finalidad concentrar los fondos públicos en el cierre de brechas de servicios básicos y evitar el sostenimiento de estructuras administrativas excesivas. Para ello establece que el 70 % del presupuesto de los GAD debe destinarse obligatoriamente a gasto no permanente, es decir, a inversión y mantenimiento de obras.
El 30 % restante se destina al gasto corriente, que incluye el pago de sueldos de funcionarios en municipios y prefecturas. La admisión de esta primera demanda marca el inicio formal del trámite constitucional. La Corte deberá analizar los argumentos presentados por Campaña respecto a posibles vicios de forma y de fondo en la aprobación y contenido de la reforma al Cootad.
Mientras tanto, la ley permanece en plena vigencia y aplicación en todos los gobiernos autónomos descentralizados del país.
24 demandas acumuladas contra la reforma al gasto de los GAD
La decisión de la jueza Salgado Levy abre paso a un debate jurídico de fondo sobre la distribución presupuestaria de los GAD y los límites de la autonomía local frente a las obligaciones de sostenibilidad fiscal establecidas por la Asamblea Nacional.