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La Ley de los GAD entró al Registro Oficial tras la decisión del presidente ecuatoriano Daniel Noboa Azín. La norma obliga a municipios y prefecturas de Ecuador a destinar el 70 % del presupuesto a obras públicas y servicios básicos.
El Ejecutivo remitió la Ley de los GAD el 21 de febrero de 2026 sin presentar objeciones, lo que permitió su publicación inmediata. La Asamblea Nacional del Ecuador aprobó el texto con 77 votos.
El proyecto ingresó con carácter económico urgente el 28 de enero. En 22 días el Pleno lo debatió y aprobó en segundo debate el 20 de febrero de 2026.
Ley de los GAD fija 70 % obligatorio para inversión pública
La Ley de los GAD reforma el artículo 198 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, Cootad. La modificación condiciona la entrega de recursos estatales al cumplimiento del porcentaje mínimo de inversión.
La norma establece que los Gobiernos Autónomos Descentralizados asignen al menos el 70 % del presupuesto anual a inversión, mantenimiento y reposición de infraestructura, bienes y activos públicos para garantizar servicios básicos.
Además, el Ejecutivo exige que municipios, prefecturas y juntas parroquiales prioricen obras públicas por encima del gasto administrativo. El incumplimiento activará reducciones en las transferencias estatales.
Recortes si municipios y prefecturas no cumplen la regla
El Cootad determina que los GAD reciben el 21 % de los ingresos permanentes del Presupuesto General del Estado. Sin embargo, la Constitución fija un piso mínimo del 15 %.
Si un municipio no alcanza el 70 % de inversión en obras públicas y servicios básicos, el Gobierno podrá aplicar el mínimo constitucional. En ese escenario, transferirá el 15 % en lugar del 21 %.
La misma lógica aplica a los ingresos no permanentes, como la renta petrolera. El Cootad establece el 10 %, mientras la Constitución permite un mínimo del 5 %.
Por lo tanto, si un GAD incumple la Ley de los GAD, el Ejecutivo podrá asignar solo el 5 % en lugar del 10 %. La medida impacta directamente en el flujo de recursos locales.
Gobierno justifica control del gasto y priorización de servicios
El documento oficial sostiene que la autonomía financiera no siempre prioriza servicios básicos. En el texto se afirma que «autonomía financiera se utiliza para sostener estructuras burocráticas y muy extensas en lugar de cerrar brechas de servicios básicos y generar infraestructura al servicio de la población local».
Asimismo, la reforma aclara que «no elimina ni sustituye la capacidad de decisión de los GAD de con quien contratar, sino que establece un estándar mínimo de priorización del gasto acorde con la finalidad constitucional de la descentralización y con la sostenibilidad de las finanzas públicas».
El Ejecutivo sostiene que los niveles de gobierno más cercanos a la población deben mejorar la provisión de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales y vialidad urbana.
Aplicación progresiva desde junio de 2026
La Ley de los GAD iniciará aplicación progresiva desde el 1 de junio de 2026. Este año exigirá un 65 % de inversión obligatoria.
En 2027 el porcentaje subirá al 68 %. Finalmente, en 2028 alcanzará el 70 % establecido como meta definitiva para todos los gobiernos seccionales.
Además, los GAD deberán publicar máximo 15 días después de cada trimestre su indicador de gasto, la composición detallada y las medidas adoptadas para cumplir la regla.
Antes del segundo debate de la Ley de los GAD , la Comisión Especializada Permanente de Desarrollo Económico de la Asamblea Nacional realizó una etapa de socialización. Participaron delegados de la Contraloría, abogados constitucionalistas y representantes del Ministerio de Finanzas.